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miércoles, 6 de agosto de 2008

Delitos no definieron régimen de Fujimori


El acta de clasificación de setiembre de 2007. Víctor Mayorga y Carlos Bruce plantean que el Congreso investigue la polémica decisión penitenciaria.
El régimen penitenciario de Alberto Fujimori no se definió por el delito de Asociación Ilícita como sostienen el Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario.
La República tuvo ayer acceso a las actas y fichas de clasificación que el Órgano Técnico Penitenciario dictó el 22 de setiembre del 2007, para ubicar a Fujimori en el régimen especial cerrado tipo B.
Esos documentos se sustentaron en la directiva Nº 003-2006-INPE. Esa directiva indica que los delitos atribuidos a Fujimori, como secuestro, homicidio, lesiones graves y enriquecimiento tienen clasificación máxima de cinco puntos para la evaluación del detenido.
El delito de Asociación Ilícita, por el que Fujimori no pudo ser extraditado, apenas tiene una clasificación de dos puntos, es decir que el error en su inclusión inicial no fue fundamental para que los evaluadores recomendaran su reclusión en el régimen cerrado.
La evaluación de Fujimori estuvo a cargo de la asistenta social Luz Santiago Palacios, el abogado Julio Mendoza Angulo y el psicólogo Germán Alfaro Gutiérrez, como aparece en la ficha final.
La clasificación estaba acorde con las normas, por lo que la defensa de Fujimori recién apeló ocho meses después, cuando las condiciones políticas le permitían un resultado positivo y el Órgano Técnico Penitenciario había sido reestructurado con nuevos evaluadores que fácilmente cambiaron su régimen.
Ante toda esta situación y la nebulosa que rodea la situación penitenciaria de Fujimori, los congresistas Víctor Mayorga, de Unión Por el Perú, y Carlos Bruce Montes de Oca, de Perú Posible, plantearon la necesidad de que el parlamento investigue este asunto.
"Esto nos causa gran preocupación; por eso hemos solicitado al Ministerio de Justicia y al INPE toda la documentación oficial", indicó el congresista Mayorga.
Dijo que en base a esa información promoverá una investigación o la presentación de la ministra de Justicia en el Congreso.
Bruce respaldó esa opinión. "En política no hay coincidencias. Este cambio de régimen penitenciario no ha ocurrido por generación espontánea, es evidente un acuerdo político que va más allá de las funciones técnicas del INPE", anotó.
.INPE dice que advirtió al PJ1] El presidente Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Leonardo Caparrós, insistió ayer en que el cambio de régimen penitenciario de Alberto Fujimori fue una decisión técnica que se sustenta en su no procesamiento por el delito de asociación ilícita, por lo que no se puede decir legalmente, afirma, que sea integrante de una organización criminal ni que los delitos que le atribuyen hayan sido cometidos por más de una persona. 2] Para sustentar su posición el INPE informa que el 10 de enero último pidió al Poder Judicial que en aplicación del Decreto Legislativo 984 informe, además de los delitos que se atribuyen a un detenido, si éste pertenece a una organización criminal. Indican que un importante porcentaje de juzgados y salas penales respondió en su momento, pero no la Sala Penal Especial que juzga a Fujimori.3] El 5 de junio, el INPE pidió a la Sala Penal Especial precisar los delitos por los que se procesa a Fujimori sin indicarle para qué requerían está información.

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