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miércoles, 26 de marzo de 2008

Declaran improcedente hábeas corpus de Loayza


Con ese recurso buscaba neutralizar orden de laborar en Iquitos, donde su vida corre peligro. Abogado de fiscal dice que fallo es un mal precedente en la protección del derecho a la vida.
La titular del 46° Juzgado Penal de Lima, Cecilia Polack, declaró improcedente el hábeas corpus presentado por la fiscal Luz Loayza, hace tres semanas, para que se le permita seguir trabajando en Lima debido a que su vida correría peligro en Iquitos, ciudad donde despachaba cuando investigó al narcotraficante Fernando Zevallos.
El fallo sostiene que dicho recurso judicial no puede ser utilizado para dejar sin efecto la resolución administrativa de la Junta de Fiscales Supremos que dispone que la fiscal retorne a laborar a la jurisdicción de Maynas.

"El contenido de la resolución de la Junta de Fiscales Supremos no es materia de revisión en proceso constitucional de hábeas corpus, sino en proceso contencioso administrativo", señala la resolución de Polack.

LA DEFENSA. Aníbal Quiroga, abogado de Loayza, afirmó que la decisión de la jueza es un mal precedente para el derecho procesal constitucional y que contraviene la dogmática y jurisprudencia sobre protección de derechos fundamentales.
Explicó que el recurso de hábeas corpus intentó proteger el derecho fundamental a la vida ante el inminente peligro de muerte que significa, para su patrocinada, volver a Iquitos.
"Estoy muy decepcionado por la decisión que ha tomado la jueza porque vulnera el derecho fundamental a la vida", manifestó a Perú.21.
Quiroga anunció que apelará esta decisión ante la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Lima, para que sea dicha instancia la que, finalmente, decida este caso en el Poder Judicial.
Entre tanto, Loayza seguirá en Lima y no volverá a Iquitos debido a que se le ha expedido un descanso médico hasta la primera semana de abril.

SEGUNDA NEGATIVA. Esta no es la primera vez que un juez le deniega a Loayza la posibilidad de protegerse de la decisión de la Junta de Fiscales Supremos. A mediados de febrero, el 27° Juzgado Penal de Lima también declaró improcedente un hábeas corpus presentado por ella. En esa oportunidad, el argumento que se usó fue que ese recurso no protegía el derecho a la vida. Esta decisión, sin embargo, fue rectificada por la Corte Superior de Lima, que determinó que el hábeas corpus sí protege el derecho a la vida. El pedido pasó al 46° Juzgado Penal, que ahora, con otras razones, lo declaró improcedente.

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